Arraigo sociolaboral
Autorización de residencia y trabajo para personas extranjeras en situación irregular con al menos 2 años en España que presentan uno o varios contratos de trabajo que garanticen unos ingresos mínimos.
Información orientativa. Esto no es asesoramiento legal. Los requisitos dependen de la normativa vigente (Art. 125 y 127.b RD 1155/2024) y de tu caso concreto. Confírmalo con la Administración o un profesional antes de iniciar cualquier trámite.
¿A quién va dirigida?
Personas extracomunitarias en situación irregular con 2 años de permanencia en España que cuentan con una oferta o contrato de trabajo por cuenta ajena de al menos 20 horas semanales.
Requisitos principales
- Ser nacional de un país de fuera de la Unión Europea
- Encontrarse en España en situación irregular
- Llevar al menos 2 años en España de forma continuada
- Tener uno o varios contratos de trabajo (mínimo 20 horas semanales)
- No tener antecedentes penales en España ni en tus países de residencia previos
Duración
1 año, renovable
Documentación habitual
- Pasaporte completo en vigor
- Certificado de empadronamiento que acredite 2 años de permanencia
- Uno o varios contratos de trabajo que garanticen el SMI o el convenio aplicable (jornada mínima de 20 horas semanales)
- Certificado de antecedentes penales del país de origen y de España
- Impreso de solicitud (modelo EX-10) y abono de tasa