Nacionalidad española para colombianos: requisitos y vías

5 de octubre de 2026

Si eres colombiano y vives en España, obtener la nacionalidad española para colombianos es un proceso mucho más corto de lo que mucha gente cree. Al ser Colombia un país iberoamericano, sus nacionales disfrutan de un plazo de residencia reducido y, además, no tienen que renunciar a su nacionalidad de origen gracias al convenio de doble nacionalidad. En esta guía te explicamos, paso a paso, qué requisitos debes cumplir, qué documentos necesitas desde Colombia y qué vías de residencia suelen recorrer los colombianos antes de llegar a la nacionalidad.

El plazo reducido de 2 años para colombianos

La gran ventaja para los colombianos es el tiempo. La norma general exige diez años de residencia legal en España para solicitar la nacionalidad española por residencia, pero Colombia es un país iberoamericano y, por ello, sus nacionales pueden presentar la solicitud tras solo 2 años de residencia legal y continuada en España. Es el mismo plazo privilegiado que se reconoce al resto de países de Iberoamérica.

Ese plazo empieza a contar desde que tienes una autorización de residencia en vigor y debe ser continuado: las ausencias prolongadas del territorio español pueden interrumpir el cómputo, así que conviene planificar con cuidado los viajes durante esos dos años.

Doble nacionalidad: no pierdes la colombiana

Otra ventaja decisiva es que no tendrás que elegir entre un pasaporte y otro. Entre España y Colombia existe un convenio de doble nacionalidad firmado en 1979, de modo que los colombianos no pierden su nacionalidad colombiana al adquirir la española. Podrás conservar ambas de forma plena, con todos los derechos que cada una conlleva. Este convenio es una de las razones por las que la vía de la nacionalidad resulta tan atractiva para la comunidad colombiana en España.

Entrada y residencia: visado y autorización

Conviene no confundir dos cosas distintas: entrar en España de forma temporal y residir en ella. Desde 2015, los colombianos están exentos de visado Schengen para estancias cortas de hasta 90 días, por turismo o visita familiar. Sin embargo, esa exención no autoriza a vivir ni a trabajar: para residir de manera estable hay que obtener una autorización de residencia, que es precisamente la que después permite contar los dos años de cara a la nacionalidad.

Requisitos de la nacionalidad

Para que tu expediente prospere, deberás acreditar los siguientes requisitos:

  • 2 años de residencia legal y continuada en España con autorización en vigor.
  • Superar los dos exámenes oficiales: el CCSE (conocimientos constitucionales y socioculturales de España) y el DELE A2 de lengua española, salvo las exenciones previstas. Puedes ampliar la información en nuestra guía del examen CCSE y DELE.
  • Buena conducta cívica y carecer de antecedentes penales, tanto en España como en Colombia.

¿Quién está exento del DELE?

Los nacionales de países donde el español es lengua oficial, como Colombia, suelen estar exentos del examen DELE A2, ya que se presume el dominio del idioma. En cambio, el examen CCSE sí es exigible con carácter general. Aun así, conviene confirmar tu situación concreta antes de inscribirte en las pruebas.

Documentos que necesitas desde Colombia

Parte de la documentación del expediente debe venir de Colombia y llegar debidamente legalizada. Como Colombia es parte del Convenio de La Haya, no hace falta legalización consular, sino la apostilla. Los documentos colombianos más habituales son:

  • El certificado de antecedentes de la Policía Nacional de Colombia, apostillado.
  • El certificado de nacimiento colombiano, también apostillado.

Es recomendable solicitar y apostillar estos documentos con antelación, porque tienen una validez limitada en el tiempo y a veces conviene renovarlos si el expediente se demora.

Vías de residencia habituales para colombianos

Antes de poder pedir la nacionalidad necesitas haber residido legalmente dos años, y para ello debes contar primero con una autorización de residencia. Las vías más frecuentes entre los colombianos son:

  1. El arraigo social y otras modalidades de arraigo, pensadas para quienes ya llevan un tiempo en España.
  2. La residencia y trabajo, por cuenta ajena o propia.
  3. La residencia de nómada digital, para profesionales que trabajan en remoto.
  4. La reagrupación familiar, cuando un familiar ya reside legalmente en España.

Cualquiera de estas vías sirve para empezar a sumar los dos años de residencia legal que exige la nacionalidad.

Cómo se solicita y cuánto tarda

La nacionalidad por residencia se tramita por vía electrónica, aportando la documentación en formato digital. Una vez que la solicitud se concede, el último paso es acudir al Registro Civil para jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución; con ese acto culmina el proceso y se inscribe la nueva nacionalidad.

Los plazos de resolución varían mucho según la carga de trabajo de la Administración. Si quieres hacerte una idea realista de los tiempos, consulta nuestra guía sobre cuánto tarda la nacionalidad española.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos años de residencia necesita un colombiano para la nacionalidad española?

Solo 2 años de residencia legal y continuada en España, en lugar de los diez años del régimen general, por tratarse Colombia de un país iberoamericano.

¿Tengo que renunciar a mi nacionalidad colombiana?

No. Gracias al convenio de doble nacionalidad entre España y Colombia de 1979, puedes conservar tu nacionalidad colombiana y adquirir la española al mismo tiempo.

¿Los colombianos necesitan hacer el examen DELE?

Por lo general no, ya que el español es lengua oficial en Colombia y se presume su dominio. Sin embargo, sí deberás superar el examen CCSE, salvo las exenciones previstas.

¿Qué documentos de Colombia tengo que apostillar?

Fundamentalmente el certificado de antecedentes de la Policía Nacional y el certificado de nacimiento, ambos con la apostilla de La Haya, ya que Colombia es parte de ese convenio.

¿Necesito visado para entrar en España siendo colombiano?

Para estancias cortas de hasta 90 días no, desde 2015 estás exento de visado Schengen; pero para residir sí debes obtener una autorización de residencia.

Los requisitos y plazos pueden cambiar con el tiempo, así que te recomendamos confirmar siempre la información en las fuentes oficiales o con un profesional de extranjería antes de iniciar tu trámite.