Trabajar con visado de estudiante en España: horas y requisitos
12 de agosto de 2026
Una de las dudas más frecuentes de quienes vienen a formarse es si se puede trabajar con visado de estudiante en España y cuántas horas semanales permite la ley. La buena noticia es que sí: el nuevo Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024, en vigor desde el 20 de mayo de 2025) reconoce de forma expresa el derecho a trabajar durante la estancia por estudios, siempre que se respeten unos límites y requisitos. En esta guía te explicamos, en lenguaje sencillo, qué puedes hacer y qué no.
Aunque coloquialmente se habla de "visado de estudiante", la figura correcta es la estancia por estudios. Si aún no la tienes o quieres comparar tu situación con otras vías, puedes usar nuestro buscador de vías de extranjería para orientarte antes de seguir leyendo.
¿Se puede trabajar con visado de estudiante en España?
Sí. El RD 1155/2024 permite a las personas con estancia por estudios realizar actividades laborales por cuenta ajena o por cuenta propia, siempre que sean compatibles con la realización de los estudios y no comprometan el objeto principal de la autorización, que sigue siendo formarse. Es decir, el trabajo debe ser un complemento, no la actividad central de tu estancia.
Con el nuevo Reglamento, la autorización para trabajar se entiende vinculada a la propia estancia por estudios de educación superior, por lo que en muchos casos no necesitas tramitar una autorización de trabajo separada. Consulta siempre las condiciones concretas de tu tarjeta en la ficha de estancia por estudios.
¿Cuántas horas puedes trabajar con la estancia por estudios?
El límite general que fija el RD 1155/2024 es de hasta 30 horas semanales para estudiantes de educación superior, un aumento respecto al régimen anterior, que permitía un máximo de 20 horas. Ten en cuenta estos matices:
- El trabajo no puede superar 30 horas semanales ni interferir con tu programa formativo.
- La actividad debe ser compatible con el horario y la carga lectiva de tus estudios.
- Los ingresos del trabajo no pueden ser el recurso necesario para tu sostenimiento: debes seguir acreditando medios económicos suficientes por otras fuentes.
- El contrato y las condiciones deben respetar la normativa laboral española (salario, cotización, jornada).
Requisitos para trabajar con visado de estudiante
Para poder trabajar durante tu estancia por estudios, con carácter general debes cumplir lo siguiente:
- Tener una estancia por estudios en vigor vinculada a estudios de educación superior (universidad, formación profesional de grado superior, enseñanzas artísticas superiores u otros programas equivalentes).
- Que la actividad laboral sea compatible con los estudios y no supere el límite de horas.
- Contar con un empleador o actividad que formalice tu alta y cotización en la Seguridad Social.
- No haber perdido la condición de estudiante ni incumplir el aprovechamiento académico exigido.
Si tus estudios no son de educación superior (por ejemplo, cursos de idiomas o enseñanzas no regladas), las condiciones para trabajar pueden ser más restrictivas o requerir autorización específica. Revisa tu caso concreto antes de firmar cualquier contrato.
Trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia
La estancia por estudios permite trabajar tanto como asalariado (por cuenta ajena) como por tu cuenta (autónomo), dentro de los mismos límites de compatibilidad y horas. Si tu objetivo a medio plazo es dejar de ser estudiante y dedicarte plenamente a trabajar, lo habitual no es ampliar el trabajo dentro de la estancia por estudios, sino modificar tu situación hacia una autorización de residencia y trabajo.
En ese caso te interesa conocer las vías de residencia y trabajo por cuenta ajena (si tienes una oferta de empleo) o de residencia y trabajo por cuenta propia (si vas a emprender como autónomo).
¿Qué pasa cuando terminas los estudios?
Al finalizar tu formación, la estancia por estudios no se prorroga indefinidamente. Para quedarte a trabajar de forma estable normalmente deberás solicitar una modificación a una autorización de residencia y trabajo, cumpliendo los requisitos de la vía correspondiente. Planificar este cambio con tiempo evita quedarte en situación irregular entre el fin del curso y la nueva autorización.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas horas puedo trabajar con la estancia por estudios?
Con el RD 1155/2024, hasta 30 horas semanales para estudios de educación superior, siempre que sea compatible con tu programa formativo y no sustituya tus medios económicos.
¿Necesito una autorización de trabajo aparte?
Con el nuevo Reglamento, la posibilidad de trabajar se entiende vinculada a la propia estancia por estudios de educación superior, por lo que en muchos casos no hace falta un trámite separado. Confirma las condiciones que constan en tu tarjeta.
¿El trabajo cuenta como medios económicos para renovar?
No como recurso principal. Debes seguir acreditando medios suficientes por otras vías; los ingresos del empleo se consideran un complemento, no el sustento necesario para tu estancia.
¿Puedo trabajar si estudio un curso de idiomas?
El derecho a trabajar está pensado sobre todo para estudios de educación superior. En enseñanzas no regladas o cursos de idiomas las condiciones pueden ser más limitadas, así que conviene revisar cada caso.
¿Puedo pasar de estudiante a trabajador sin salir de España?
Sí, mediante la modificación de tu situación a una autorización de residencia y trabajo, cumpliendo los requisitos. Consulta las fichas de residencia y trabajo para ver cuál encaja contigo.
Aviso: esta guía tiene carácter meramente orientativo y no sustituye el asesoramiento jurídico individualizado ni la información oficial de la Administración. La normativa y su interpretación pueden cambiar; verifica siempre los requisitos actualizados de tu caso ante los organismos competentes o con un profesional de extranjería antes de tomar decisiones.